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Como abogado especializado en Derecho de Familia en Ciudad Real, ofrezco un servicio cercano, personalizado y adaptado a tus circunstancias.
Derecho Matrimonialista
Como abogado especializado en Derecho de Familia en Ciudad Real, ofrezco un servicio cercano, personalizado y adaptado a tus circunstancias. Entiendo que los procesos de separación y divorcio son momentos delicados, por eso mi compromiso es acompañarte con empatía, claridad y firmeza en la defensa de tus derechos.
Mi objetivo es ayudarte a alcanzar el mejor acuerdo posible, evitando, siempre que sea viable, la vía judicial. Trabajo para que este proceso sea lo menos conflictivo posible y, sobre todo, para proteger el bienestar de los menores cuando los hay, priorizando siempre sus intereses.
En mi despacho no eres un número. Cada caso recibe el tiempo y la atención que merece. Estoy aquí para escucharte, asesorarte y ayudarte a recuperar tu equilibrio personal y familiar.
Asesoramiento preventivo antes de contraer matrimonio
Es difícil imaginar que una pareja llena de ilusión piense en el divorcio cuando está a punto de casarse. Sin embargo, en este despacho recomendamos un asesoramiento preventivo para que ambos miembros conozcan sus derechos y deberes antes de contraer matrimonio o de formalizar una pareja de hecho.
En Derecho Matrimonial, prevenir es mucho mejor que curar. Por eso, somos expertos en asesorar y redactar pactos o acuerdos prematrimoniales que facilitan la previsión de posibles rupturas futuras. Alcanzar estos acuerdos cuando la pareja no está inmersa en una crisis es siempre más sencillo, objetivo y rentable.
Este asesoramiento preventivo permite evitar muchos problemas en el futuro, al establecer de manera clara y equilibrada aspectos fundamentales como la custodia de los menores, el uso de la vivienda o la pensión de alimentos, sin que estas decisiones queden condicionadas por el desgaste emocional de una crisis de convivencia.
Separaciones y divorcios
Actualmente, la mayoría de los matrimonios que deciden separarse piensan directamente en el divorcio. A diferencia de la separación, el divorcio supone la disolución definitiva del vínculo matrimonial.
Como abogado especializado en Derecho Matrimonial en Ciudad Real, gestiono tanto los procedimientos de mutuo acuerdo como aquellos en los que no se alcanza un acuerdo, presentando la demanda de divorcio o separación ante los Juzgados correspondientes.
Los aspectos principales sobre los que debe alcanzarse un acuerdo, o sobre los que el juez deberá decidir en caso de divorcio o separación, son:
Uso del domicilio familiar
Pensión de alimentos a favor de los hijos
Régimen de visitas
Guarda y custodia de los menores
Posibles pensiones para los cónyuges, como la pensión compensatoria o la compensación económica por razón del trabajo
Liquidación del régimen económico matrimonial y división de bienes comunes
La prioridad es siempre intentar alcanzar un acuerdo entre las partes para evitar la vía judicial, facilitando así una relación futura más saludable entre los ex cónyuges, lo cual beneficia especialmente a los hijos, quienes merecen protección y cuidado.
Cuando el divorcio o la separación se realiza de mutuo acuerdo, se elabora un convenio regulador donde se reflejan los pactos alcanzados. Este documento se presenta ante el Juzgado y, tras la ratificación por ambas partes, el juez dicta sentencia aprobando el divorcio o la separación y las medidas acordadas.
Los procedimientos de mutuo acuerdo suelen ser ágiles. Además, cuando no hay hijos menores, existe la posibilidad de tramitar el divorcio o separación ante notario, lo que agiliza aún más el proceso, aunque esta vía debe valorarse cuidadosamente según cada caso, especialmente por motivos fiscales.
En caso de no alcanzarse un acuerdo, se procede a juicio, donde se presenta la demanda con las medidas solicitadas, y el otro cónyuge responde con sus propuestas. Tras el juicio, el juez dictará sentencia que formaliza el divorcio o separación y establece los derechos y deberes de ambas partes.
Dado que los procesos judiciales pueden prolongarse, es posible solicitar medidas provisionales para regular temporalmente aspectos como la pensión de alimentos, asegurando que las necesidades básicas de los hijos estén cubiertas mientras se espera la resolución definitiva.
Rupturas parejas de hecho
Como abogado especializado en Derecho de Familia y Derecho Matrimonial, también asesoro a clientes que, sin haber contraído matrimonio, conforman lo que se conoce como pareja de hecho o pareja estable, según la normativa aplicable en Castilla-La Mancha y otras regiones.
La legislación establece que se considera pareja de hecho cuando:
La convivencia ha durado más de dos años de forma continuada.
Tienen un hijo en común.
Han formalizado la relación mediante escritura pública.
Las parejas de hecho pueden elegir el régimen económico que mejor se adapte a su situación: administrar bienes comunes, llevar una economía conjunta o hacerlo de forma separada, entre otras opciones.
Cuando se extingue la pareja de hecho, es necesario adoptar una serie de medidas similares a las de un divorcio o separación, especialmente en lo que respecta a los hijos:
Determinar quién ostentará la guarda y custodia.
Establecer el régimen de visitas para el progenitor que no tenga la guarda.
Fijar la cuantía de la pensión alimenticia.
Decidir el uso de la vivienda familiar si hay hijos menores.
Contrariamente a lo que se suele pensar, la figura de la pareja de hecho conlleva las mismas obligaciones que el matrimonio en cuanto al pago de pensión alimenticia a favor de los hijos. Por tanto, ser pareja de hecho no exime de esta responsabilidad.
Al igual que en los procesos de divorcio, la extinción de una pareja de hecho puede realizarse de mutuo acuerdo o, en caso de desacuerdo, mediante procedimiento judicial.
Para acompañarte y asesorarte en todo el proceso, puedes contar con el apoyo y experiencia profesional que ofrezco como abogado especialista en Derecho de Familia.
Guarda y custodia de los hijos
En los últimos años, se ha incrementado notablemente la importancia de los asuntos relacionados con la guarda y custodia de los hijos.
La sociedad ha evolucionado y, paralelamente, también lo han hecho las leyes y sentencias, que han dejado de otorgar automáticamente la custodia a las madres para evaluar cada caso de forma individual.
La implicación de los padres en el cuidado y atención de los menores ha cambiado sustancialmente, alejándose de aquel modelo tradicional donde las madres asumían exclusivamente esta responsabilidad. Por ello, cuando la convivencia termina, lo principal es analizar qué es lo más beneficioso para el menor y procurar que sus relaciones con ambos progenitores y con sus abuelos se mantengan lo más similares posible a las que existían durante la convivencia.
Actualmente, se diferencian dos sistemas principales:
Custodia individual: El cuidado diario de los hijos se atribuye exclusivamente a uno de los progenitores, mientras que el otro mantiene relación con los hijos a través de un régimen de visitas.
Guarda y custodia compartida: Existe una corresponsabilidad en el cuidado de los hijos. No necesariamente implica una división exacta del tiempo, ya que puede considerarse compartida incluso si el menor pasa más del 50% del tiempo con uno de los progenitores.
Es común que, al acudir al despacho, los clientes tengan la idea errónea de que la guarda y custodia compartida elimina la obligación de pagar pensión alimenticia. Esto no es cierto: independientemente del sistema de custodia, los gastos de los menores deben cubrirse según las posibilidades económicas de los progenitores y las necesidades de los hijos.
Cuando no hay acuerdo entre los padres, será el juez quien determine el sistema de guarda y custodia más beneficioso para el menor, valorando aspectos como la implicación previa de cada progenitor, sus aptitudes y circunstancias personales (horarios, domicilios, etc.), con el objetivo de proteger siempre el interés superior del niño.
Desde mi despacho, te asesoraré y analizaré contigo todos estos factores para encontrar la solución que mejor se adapte a tu situación particular.
Pensiones de alimentos de los hijos y pensión compensatoria
Uno de los asuntos más frecuentes en los procesos de divorcio, separación o extinción de pareja de hecho es el relacionado con las pensiones alimenticias y las posibles pensiones entre cónyuges o convivientes.
La pensión de alimentos, entendida como la obligación de contribuir a los gastos de los hijos, es una responsabilidad compartida por ambos progenitores. Siempre que existan hijos menores o mayores de edad que no sean económicamente independientes, debe establecerse cómo contribuirán ambos a estos gastos una vez finalizada la convivencia. Estos gastos incluyen todo lo necesario para la alimentación, vestimenta, vivienda y educación, así como aquellos gastos extraordinarios no previsibles. Para ello, es fundamental determinar claramente cuáles son las necesidades económicas de los menores y las posibilidades financieras de cada progenitor, de manera que la contribución sea proporcional a su capacidad económica.
Asimismo, en algunos casos se establece una pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges cuando la ruptura matrimonial genera un desequilibrio económico significativo. Por lo general, esta pensión tiene carácter temporal, aunque en determinados casos puede ser indefinida. Por ejemplo, una persona que ha estado casada durante 30 años, sin haber trabajado y con escasas posibilidades de reincorporarse al mercado laboral, podría tener derecho a una pensión compensatoria de mayor duración que otra persona más joven, con formación y capacidad para trabajar, que ha estado casada por un período más corto.
También puede surgir la discusión sobre la compensación económica por razón del trabajo cuando uno de los cónyuges ha dedicado su esfuerzo al hogar o al negocio familiar sin recibir remuneración, generando un desequilibrio patrimonial en el momento del divorcio o separación.
Cada caso es único, por lo que analizaremos detalladamente tu situación para determinar si se cumplen los requisitos legales y así defender tus derechos de la manera más eficaz.
Liquidacion de los bienes o patrimonio común
Cuando entre los cónyuges no hay acuerdo para el reparto o distribución de los bienes que poseen en común, se puede solicitar judicialmente la división de la cosa común, que puede pedirse o en el propio proceso de divorcio, o bien en un procedimiento independiente que se plantee con posterioridad.
En caso de que la ruptura sea de mutuo acuerdo se puede dividir el patrimonio mediante escritura notarial, pero con la desventaja de que debe tributar, mientras que si se divide el patrimonio en el propio proceso de divorcio el coste administrativo y fiscal es sensiblemente inferior.
Modificación de sentencia
Cuando tras la sentencia de separación, divorcio o ruptura de pareja se produce una alteración sustancial de las circunstancias (por ejemplo, quedarse sin trabajo, cambio significativo del horario laboral, movilidad laboral, etc.) resulta imprescindible plantear una demanda para ajustar la Sentencia anterior a la actual situación de las partes.
Evidentemente, si percibes unos ingresos inferiores o te han cambiado de centro de trabajo es muy probable que no puedas cumplir con las obligaciones que te impone la sentencia (tanto a nivel de pago de pensiones alimenticias, como de cumplimiento del sistema de guarda o del régimen de visitas, por ejemplo) por lo que es muy importante presentar una demanda para ajustar el contenido de la sentencia a la realidad actual.
Cumplimiento de sentencias y su ejecución
Las sentencias de separación, divorcio o ruptura de pareja deben cumplirse, a pesar de que puedan ser recurridas por las partes en el proceso. La normativa actual permite ejecutar provisionalmente las sentencias, a pesar de que estemos a la espera de que se resuelva el recurso que se haya formulado contra la sentencia.
Violencia de género
Ante la Violencia Doméstica te ayudamos a formular las denuncias correspondientes, ya sea por maltrato físico o psíquico, así como te asistimos y defendemos en el juicio rápido derivado de violencia contra la mujer.
Adicionalmente, si existen menores que hayan sufrido maltrato también los defendemos en juicio.
También ofrecemos un asesoramiento preventivo sobre cómo actuar en situaciones de riesgo.
Nos ocupamos de la defensa de la mujer en procesos penales, así como en la petición de medidas de protección a la víctima (Órdenes de alejamiento) y petición de medidas civiles ante los Juzgados especialistas en Violencia Doméstica.
Declarar incapacidad en cónyuge o familiar
Si nos hallamos ante una situación familiar en que un pariente muy cercano sufre una enfermedad física o psíquica que le imposibilita gobernarse por sí mismo, te ayudamos a promover un proceso para declararle incapaz. Dicha declaración la podrán solicitar el cónyuge o pareja, los hijos y los hermanos y, en caso de que se trate de un menor de edad, deberá pedirlo la persona que tenga la custodia del menor o quien sea su tutor legal. Igualmente si no hay ninguna persona que puede realizar la petición de declaración de incapacidad, el Ministerio Fiscal puede hacerlo desde el momento en que tenga conocimiento de la situación de presunta incapacidad.
Si la incapacidad afecta a todas las facultades de la persona entonces nos encontramos ante una incapacidad total, y el proceso finalizará con la asignación de un tutor. Si la incapacidad afecta a determinadas facultades de la persona, entoces se tratará de uns incapacidad parcial y el proceso terminará con la asignación de un curador.
Por otro lado, si tenemos un familiar que malgasta su patrimonio como práctica habitual o reiterada, colocándolo en peligro en perjuicio de su familia, podremos proceder a pedir la declaración de prodigalidad. Esta petición deberá hacerla el cónyuge o pareja del afectado, o bien los descendientes o ascendientes que reciban alimentos del afectado o puedan reclamárselos. A falta de estos familiares legitimados, también podrá instar la petición el propio Ministerio Fiscal. A efectos de complementar el defecto de capacidad del pródigo, a resultas del proceso se le asignará un curador.
Asesoramiento psicológico
Disponemos de expertos colaboradores Psicólogos y terapeutas especialistas en rupturas de pareja y terapias familiares que pueden resultar muy positivas para la gestión de las emociones derivadas de los procesos de separación y/o divorcio.
Además, estos terapeutas nos ayudarán a preparar Informes psicológicos para fundamentar determinadas pretensiones, como puede ser la idoneidad para ejercer la guarda y custodia de los menores.
Creemos firmemente que la intervención de psicólogos y terapeutas puede resultar esencial para tu bienestar si te hallas viviendo una situación de ruptura, ya que te dota de recursos para poder afrontar la ruptura con mayores garantías y más estabilidad emocional.
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